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martes, 23 de octubre de 2012

¿El fin de la Ley de Ejercicio de la Enfermería 24004?



El Proyecto de Ley sobre el Ejercicio de la Enfermería presentado por Jorge Rivas si es avalado por el Parlamento indefectiblemente provocara la  derogación de la ley 24004.
Si analizamos el Articulo 1° de la ley 24004 y el Articulo 1° del Proyecto de Ley Rivas, veremos que en este último se considera como legitimo estandarte del Ejercicio Profesional al proyecto de Rivas, sin considerar en lo mas mínimo a la 24004, no estableciéndose que es una modificatoria de la ley anterior sino que es una ley nueva, que además deja taxativamente aclarado que El ejercicio de la enfermería queda sujeto a las disposiciones de esta ley, a los tratados, convenios y acuerdos internacionales suscriptos, aprobados y ratificados por autoridad competente y a la reglamentación que en consecuencia se dicte..”

Ley 24.004  Ejercicio de la Enfermería
Sancionada: Septiembre 26 de 1991 / Promulgada: Octubre 23 de 1991
 Capítulo I CONCEPTOS Y ALCANCES
Artículo 1° - En la Capital Federal y en el ámbito sometido a la jurisdicción nacional el ejercicio de la enfermería, libre o en relación de dependencia, queda sujeto a las disposiciones de la presente ley y de la reglamentación que en su consecuencia se dicte.

Proyecto Rivas
Nuevo régimen para el ejercicio de la enfermería
“Reforma de la ley 24.004”
Ejercicio profesional, registro y matriculación

Capítulo 1 Conceptos y alcances

Artículo. 1° - La presente Ley establece las normas para el ejercicio de la enfermería en el territorio de la República Argentina, libre o en relación de dependencia, en sus tres niveles, en el ámbito comunitario, público o privado, hospitalario y pre hospitalario.
El ejercicio de la enfermería queda sujeto a las disposiciones de esta ley, a los tratados, convenios y acuerdos internacionales suscriptos, aprobados y ratificados por autoridad competente y a la reglamentación que en consecuencia se dicte.

O sea, en el Artículo 1° del Proyecto Rivas, se firma el certificado de defunción de la Ley 24004, cosa que queda demostrado cabalmente en que el articulado del Proyecto Rivas no coincide con el articulado de la 24004.
Si se tratara de una Reforma de la ley anterior, como dice el titulo de este proyecto, se hubiera procedido a tomar el articulado original de la Ley de Ejercicio de la Enfermería y en los artículos que se consideraba necesario se hubieran realizado las modificaciones pertinentes.
Como ya demostré que ese no es el espíritu de los redactores del Proyecto Rivas, ya que escribieron artículos que no siguen el sentido del texto original de la ley vigente.
Si se agregaron nuevos temas, pero nunca se respeto el articulado de la ley que se dice reformar pero que se está derogando.
Y se está derogando, porque no pueden coexistir 2 leyes de ejercicio, entonces esto provocara la derogación de la 24004 al ser aprobado la nueva ley.
Siendo así, los Redactores del Proyecto Rivas, MIENTEN a la ENFERMERIA ARGENTINA al sostener que “solo van por la modificación de la 24004” y que “no pretenden derogarla”.
Este discurso lo pueden sostener ante enfermeros que no conocen la mecánica de la construcción de las leyes y el procedimiento parlamentario.
Sepamos las cosas como son… y actuemos en consecuencia!

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