El Proyecto de Ley sobre el Ejercicio de la Enfermería presentado por
Jorge Rivas si es avalado por el Parlamento indefectiblemente provocara la derogación de la ley 24004.
Si analizamos el Articulo 1° de la ley 24004 y el Articulo 1° del
Proyecto de Ley Rivas, veremos que en este último se considera como legitimo
estandarte del Ejercicio Profesional al proyecto de Rivas, sin considerar en lo
mas mínimo a la 24004, no estableciéndose que es una modificatoria de la ley
anterior sino que es una ley nueva, que además deja taxativamente aclarado que
“El ejercicio de la
enfermería queda sujeto a las disposiciones de esta ley, a los tratados,
convenios y acuerdos internacionales suscriptos, aprobados y ratificados por
autoridad competente y a la reglamentación que en consecuencia se dicte..”
Ley 24.004 Ejercicio
de la Enfermería
Sancionada: Septiembre 26 de 1991
/ Promulgada: Octubre 23 de 1991
Capítulo
I CONCEPTOS Y ALCANCES
Artículo 1° -
En la Capital Federal y en el ámbito sometido a la jurisdicción nacional el
ejercicio de la enfermería, libre o en relación de dependencia, queda sujeto a
las disposiciones de la presente ley y de la reglamentación que en su
consecuencia se dicte.
Proyecto
Rivas
Nuevo
régimen para el ejercicio de la enfermería
“Reforma de
la ley 24.004”
Ejercicio
profesional, registro y matriculación
Capítulo 1 Conceptos y alcances
Artículo. 1° - La presente Ley
establece las normas para el ejercicio de la enfermería en el territorio de la
República Argentina, libre o en relación de dependencia, en sus tres niveles,
en el ámbito comunitario, público o privado, hospitalario y pre hospitalario.
El ejercicio de la enfermería queda sujeto a las disposiciones de esta
ley, a los tratados, convenios y acuerdos internacionales suscriptos, aprobados
y ratificados por autoridad competente y a la reglamentación que en
consecuencia se dicte.
O sea, en el Artículo 1° del Proyecto Rivas, se firma el
certificado de defunción de la Ley 24004, cosa que queda demostrado cabalmente
en que el articulado del Proyecto Rivas no coincide con el articulado de la
24004.
Si se tratara de una Reforma de la ley anterior, como
dice el titulo de este proyecto, se hubiera procedido a tomar el articulado
original de la Ley de Ejercicio de la Enfermería y en los artículos que se
consideraba necesario se hubieran realizado las modificaciones pertinentes.
Como ya demostré que ese no es el espíritu de los redactores
del Proyecto Rivas, ya que escribieron artículos que no siguen el sentido del
texto original de la ley vigente.
Si se agregaron nuevos temas, pero nunca se respeto el
articulado de la ley que se dice reformar pero que se está derogando.
Y se está derogando, porque no pueden coexistir 2 leyes
de ejercicio, entonces esto provocara la derogación de la 24004 al ser aprobado
la nueva ley.
Siendo así, los Redactores del Proyecto Rivas,
MIENTEN a la ENFERMERIA ARGENTINA al sostener que “solo van por la modificación
de la 24004” y que “no pretenden derogarla”.
Este discurso lo pueden sostener ante enfermeros que no
conocen la mecánica de la construcción de las leyes y el procedimiento
parlamentario.
Sepamos las cosas como son… y actuemos en consecuencia!
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